ESTATUTOS

NUEVOS ESTATUTOS 2018

PREAMBULO
El desarrollo de nuevas amenazas y riesgos; de origen antrópico, tecnológico o natural, ha provocado un incremento del nivel de inseguridad que ya ha sido advertido por la sociedad en general y que demandan una respuesta acorde a los tiempos actuales. Al mismo tiempo la necesidad de realizar una gestión integral de las situaciones de crisis emergentes y de capacitar a la población para que promueva su propia seguridad, hace necesario que se hayan creado titulaciones universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior, como el Título de Grado en Seguridad y Control de Riesgos, lo que garantiza la formación de todos sus egresados/as para desempeñar las siguientes competencias:

  • Desarrollar una visión integral y holística de los conceptos de seguridad y control de riesgos.
  • Establecer protocolos de actuación para situaciones escalables de: normalidad, riesgo o emergencias.
  • Conocer, diseñar y elaborar planes de emergencias y protección ciudadana en sus distintos niveles.
  • Asesorar en materia de seguridad física, humana y tecnológica.
  • Capacidad para la gestión de servicios públicos y privados de seguridad, emergencias y control de riesgos en cualquier situación o nivel.
  • Evaluar la diversidad y multiculturalidad en los nuevos retos que se avecinan en materia de seguridad y control de riesgos.

CAPITULO I.- DE LA ASOCIACION EN GENERAL

Artículo 1.- Denominación
De conformidad con el artículo 22 de la Constitución Española se constituye la entidad, no lucrativa, denominada ASECRI (Asociación Canaria de Graduados en Seguridad y Control de Riesgos), dotada de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y que se regirá por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias, el Decreto 12/2007, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias, demás disposiciones complementarias y por los presentes Estatutos.

Artículo 2.- Fines
Los fines de la Asociación serán los siguientes:

  • Fomentar la cultura de la Seguridad, las Emergencias y el Control de Riesgos en la sociedad, así como la colaboración entre profesionales para impulsar su código deontológico.
  • Velar por el cumplimiento de la normativa en materia de Seguridad, Emergencias y Control de Riesgos, y en especial en todos aquellos aspectos que afecten de manera directa o indirecta sobre las personas o los bienes.
  • Promover e impulsar el desarrollo de normativas que promuevan competencias, acciones y políticas en materia de Seguridad, Autoprotección y Control de Riesgos, en especial todas aquellas que hacen referencia a la seguridad humana. Así como de la figura del Titulado/a en Seguridad y Control de Riesgos como referente en materia de seguridad humana.
  • Difundir y promulgar acciones en materia de seguridad humana desde un punto de vista global.
  • Defender las competencias adquiridas y los derechos de nuestros socios/as, en el desempeño de las funciones inherentes a la Titulación de Grado en Seguridad y Control de Riesgos.
  • Promocionar la profesión en el ámbito público y privado.
  • Establecer líneas estratégicas de seguridad, auditorías y control de riesgos en el entorno de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) a nivel público y privado.

Artículo 3.- Actividades
Para el cumplimiento de sus fines la Asociación organizará, entre otras, las siguientes líneas de actuación:

  • Actividades Formativas en materia de Seguridad y Control de Riesgos.
  • Jornadas públicas para el fomento de la cultura de Seguridad, Emergencias y Autoprotección.
    Realización de estudios e informes de interés público y social.
  • Publicar estudios técnicos especializados en Seguridad, Emergencias y Control de Riesgos.
  • Promoción sobre la importancia del Control de Riesgos en entorno de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) a nivel público y privado.
  • Creación de políticas y líneas estratégicas de concienciación y difusión en Seguridad y Control de Riesgos.

Los beneficios eventualmente obtenidos por el desarrollo de estas actividades, se dedicarán a realizar otras de la misma naturaleza, conforme a los fines sociales y profesionales de esta Asociación.

Artículo 5.- Ámbito territorial y duración
1. La Asociación tendrá como ámbito territorial de actuación la Comunidad Autónoma de Canarias, aunque dada la naturaleza de la misma, podrá desarrollar su actividad en otras comunidades autónomas e incluso el ámbito internacional, sin entrar en conflicto con cualquier otra Asociación cuyos fines y actividades estén relacionados con esta.

La duración de esta Asociación será por tiempo indefinido. El acuerdo de disolución se adoptará conforme a lo indicado en los presentes Estatutos y en la legislación vigente en el momento de la disolución.

[…]

Solicite copia de los Estatutos 2018 (aquí).